El próximo 1 de julio entrará a regir el (IVA) Impuesto sobre el valor agregado, por este motivo la gran mayoría de servicios y productos que consumimos tendrán un costo mayor.
Es importante conocer cómo nos afecta a cada uno para así poder evitar que nuestro presupuesto se vea afectado. No está de más ahorrar y eliminar de nuestra lista todo aquello que no sea necesario o no tenga una utilidad real.
Podríamos decir que se divide en categorías para poder analizarlas más fácilmente.
Servicios públicos:
El agua: está exenta siempre y cuando no se exceda de 30 metros cúbicos o cuando excede los 20,000 colones.
La electricidad: cuando excede los 280 kilovatios por hora, o cuando el recibo llega por más de 25,000 colones.
Alquileres:
Pagarán impuesto del 13% solamente los inmuebles de habitación o MiPYMES cuyo alquiler sea mayor al 1,5 de un salario base ( 669, 300 colones para el 2019)
Si son alquileres comerciales pagan el 13%
Productos de la canasta básica:
Los alimentos que no están exentos, el impuesto es del 13% para los que están dentro de la nueva canasta básica será del 1% pero entra a regir hasta el 2020.
Servicios médicos:
Estos pagan un 4% pero en caso de los servicios estéticos pagan un 13%.
Si paga con tarjeta de crédito o débito este impuesto le será reembolsado inmediatamente por parte del centro de salud o profesional, siempre y cuando la administración tributaria tenga acceso a esa información.
Medicamentos reducida al 2%
Educación:
Educación pública todos los niveles exenta, Educación privada regulada por el MEP exenta y educación privada no regulada por el MEP 2%
Guarderías 13%
Busetas privadas, pagarán el 13% cualquier tipo, escolares, de trabajadores, excursiones, etc.
Salones de belleza, spa, estéticas:
Los servicios estéticos pagarán el 13%
Boletos aéreos:
Nacionales pagarán un 4% Internacionales 10%
Hospedajes y restaurantes:
Todos los eventos realizados en hoteles, salones, casa de eventos, etc. pagarán un 13%
Trabajadores independientes:
Si sos contribuyente, o sea si trabajas y estás inscrito en Hacienda, debes de revisar cuáles actividades tienes registradas para evitar contratiempos.
Todos los servicios que se brindan ya sean profesionales o técnicos pagarán un 13% aunque algunos tendrán tarifa reducida, como médicos 4%
Exenciones:
Exportaciones, intereses y comisiones de préstamos, factoreo y leasing, movimientos de entidades financieras supervisados por SUGEF, comisiones a operadoras de pensiones, equipo ortopédico (sillas de ruedas, audífonos, rehabilitación)
Espacios publicitarios en radio y televisión.
Libros independientemente de su formato, no aplica para digitales.
Cuotas de los colegios profesionales, sindicatos o cámaras.
Redes de cuido de adultos mayores.
¿Cómo declarar el IVA?
Se declara cada mes dentro de los primeros 15 días naturales.
Debe utilizar el formulario D-104 que se encuentra en el portal «Administración tributaria virtual» ATV disponible en www.hacienda.go.cr
Se presenta aunque no hayás realizado ventas o prestación de servicios.
Se paga por medio del sitio web de la entidad bancaria, cajas o ventanillas de entidades autorizadas.
Esperamos que esta información te sea útil y que la compartás con tus familiares y amigos.
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