Matrimonio civil
Es el matrimonio que se contrae, formaliza e inscribe ante las autoridades civiles sin necesidad de seguir un rito religioso.
El notario es el encargado de asesorar , de realizar y de inscribir el matrimonio.
Cumpliendo con los requisitos de ley, todo lo demás queda a gusto e imaginación de los novios.
Actualmente se realizan ritos, ceremonias mayas, etc. que le dan un aire romántico a la ceremonia próximamente hablaremos de ellos.
Requisitos según el artículo 28 del Código de Familia de Costa Rica:
1) Dos testigos idóneos que declaren bajo juramento, sobre la libertad de estado y aptitud legal de los contrayentes;
3) La certificación de los asientos de nacimiento y libertad de estado de los contrayentes, expedida por el Registro Civil. El extranjero podrá demostrar su libertad de estado por cualquier medio que le merezca fe al funcionario, en defecto de los documentos anteriormente citados; y
4) Certificación de la fecha de la disolución del anterior matrimonio si la contrayente hubiere estado casada antes.
La ceremonia civil no tiene por qué ser aburrida o un trámite meramente legal, por el contrario, una boda civil se presta para crear a gusto de los novios todo un ambiente romántico e inolvidable.
Pueden realizar ritos como el del fuego y el de la arena, hacer sus votos, y dejar volar su imaginación para darle ese toque único. Igualmente el notario puede hacer que la actividad sea muy amena, es cuestión de llegar a un acuerdo antes de la ceremonia.
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